Actividades vulnerables: cómo saber si la ley antilavado aplica a tu empresa
Si vendes inmuebles, autos o joyas, das préstamos o recibes donativos, la LFPIORPI puede aplicarte. Cómo saberlo y qué cambia el 30 de noviembre de 2026.
Si tu empresa vende inmuebles, autos o joyas, da préstamos, arrienda locales o recibe donativos, es posible que la ley antilavado te aplique aunque nunca hayas tenido trato con un banco. Y desde el 30 de noviembre de 2026 entran reglas nuevas que hacen casi imposible cumplirla con una carpeta y una hoja de cálculo.
Aquí te explicamos cómo saber si te aplica, qué te obliga a hacer y qué cambia con las reglas nuevas.
Qué es la LFPIORPI y qué es una actividad vulnerable
La LFPIORPI es la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita. En la calle le dicen «ley antilavado».
No es una ley para bancos: ellos tienen otra. Esta se aplica a empresas normales que realizan alguna de las 17 actividades del artículo 17, a las que la ley llama actividades vulnerables. Quien las realiza se convierte en sujeto obligado: tiene que identificar a sus clientes, vigilar sus operaciones y avisar al SAT.
La mayoría de esas empresas no tiene área de cumplimiento. Por eso la ley suele llegar tarde a su radar.
Cómo saber si te aplica: dos preguntas
1. ¿Haces alguna actividad del artículo 17?
Estas son las que se rigen por monto:
- Juegos con apuesta, concursos y sorteos.
- Tarjetas de crédito, de servicios y prepagadas, vales y monederos.
- Cheques de viajero.
- Préstamos o créditos.
- Compraventa de inmuebles y desarrollo inmobiliario.
- Joyas, metales y piedras preciosas, y relojes.
- Obras de arte.
- Vehículos terrestres, aéreos y marítimos.
- Blindaje.
- Traslado y custodia de valores.
- Donativos.
- Arrendamiento de inmuebles.
- Activos virtuales.
Hay tres más que no van por monto sino por el tipo de acto: fe pública, servicios profesionales y comercio exterior.
2. ¿Tus operaciones llegan al umbral?
Cada actividad tiene dos umbrales, medidos en UMA (Unidad de Medida y Actualización, la referencia legal que cambia cada febrero):
- El de identificación: desde ahí tienes que armar el expediente del cliente antes de operar.
- El de aviso: desde ahí la operación se reporta al SAT.
En algunas actividades siempre hay que identificar al cliente, sin importar el monto. Y los umbrales se calculan sin IVA ni accesorios.
Con la UMA diaria de 2026, de $117.31:
| Actividad | Identificar desde | Avisar desde |
|---|---|---|
| Juegos y sorteos | 325 UMA · $38,125 | 645 UMA · $75,665 |
| Tarjetas de crédito o servicios | 805 UMA · $94,435 | 1,285 UMA · $150,743 |
| Tarjetas prepagadas y monederos | 645 UMA · $75,665 | 645 UMA · $75,665 |
| Cheques de viajero | Siempre | 645 UMA · $75,665 |
| Préstamos o créditos | Siempre | 1,605 UMA · $188,283 |
| Inmuebles y desarrollo inmobiliario | Siempre | 8,025 UMA · $941,413 |
| Joyas, metales y relojes | 805 UMA · $94,435 | 1,605 UMA · $188,283 |
| Obras de arte | 2,410 UMA · $282,717 | 4,820 UMA · $564,848 |
| Vehículos | 3,210 UMA · $376,565 | 6,420 UMA · $753,130 |
| Blindaje | 2,410 UMA · $282,717 | 4,820 UMA · $564,848 |
| Traslado de valores | Siempre | 3,210 UMA · $376,565 |
| Donativos | 1,605 UMA · $188,283 | 3,210 UMA · $376,565 |
| Arrendamiento de inmuebles | 1,605 UMA · $188,283 | 3,210 UMA · $376,565 |
| Activos virtuales | Siempre | 210 UMA · $24,635 |
Cuidado con partir los pagos. Las operaciones de un mismo cliente se suman en una ventana de seis meses. Si varias operaciones pequeñas juntas pasan el umbral de aviso, se avisan igual.
Qué obligaciones trae
Si eres sujeto obligado, la ley te pide, en resumen:
- Darte de alta en el portal del SAT y nombrar un encargado de cumplimiento.
- Identificar al cliente con un expediente, antes de operar.
- Conocer al cliente: su perfil transaccional, es decir, qué operaciones se esperan de él, para notar cuándo se sale de lo normal.
- Clasificar su riesgo (bajo, medio o alto) y revisarlo cada seis meses.
- Identificar al beneficiario controlador: quién manda de verdad detrás de una empresa.
- Revisarlo en listas: personas bloqueadas de la UIF, la lista 69-B del SAT, OFAC, ONU y personas políticamente expuestas (PEP).
- Conservar todo diez años. La reforma de 2025 duplicó el plazo, que antes era de cinco.
- Avisar al SAT: cada mes, a más tardar el día 17; con un informe en ceros si no hubo nada; y en 24 horas ante una sospecha o si un cliente aparece en una lista.
- Tener un manual de cumplimiento, con catorce componentes, dentro de los 90 días del alta.
- Evaluar tus riesgos con una metodología escrita.
- Capacitar a tu personal cada año y guardar las constancias.
- Monitorear de forma automatizada las operaciones de cada cliente.
- Auditarte cada año: de forma interna si tu riesgo es bajo o medio, y externa si es alto.
Qué cambia con las reglas del 30 de noviembre de 2026
Son tres reformas encadenadas:
| Fecha | Qué | Qué cambia |
|---|---|---|
| 16 de julio de 2025 | Reforma a la LFPIORPI | Evaluación de riesgos, manual, PEP, auditoría, beneficiario controlador; conservación de 5 a 10 años |
| 27 de marzo de 2026 | Reforma al Reglamento | Expediente electrónico, notificaciones digitales y avisos formalizados |
| 7 de agosto de 2026 | Acuerdo 115/2026 | Once capítulos nuevos de reglas generales, en vigor el 30 de noviembre |
Lo importante no es que ahora se permita lo digital: es que lo digital deja de ser opcional. Las obligaciones se vuelven exigibles por etapas:
| Fecha | Qué se exige |
|---|---|
| 30 de noviembre de 2026 | Entran en vigor las reglas nuevas |
| 1 de marzo de 2027 | Evaluación de riesgos, clasificación de cada cliente, perfil transaccional y manual |
| 1 de junio de 2027 | Monitoreo automatizado de operaciones |
| 30 de agosto de 2027 | Consulta de PEP nacionales en el sistema PEP 2.0 de la UIF |
| 31 de diciembre de 2028 | Primer ejercicio de auditoría anual |
Además, la autoridad notifica de forma digital y da tres días para responder, y el aviso se firma con la firma electrónica avanzada ligada al RFC de la empresa, no al de su representante.
El efectivo tiene su propio límite
Aparte de los umbrales de aviso, el artículo 32 prohíbe recibir efectivo por encima de cierto monto en algunas operaciones: 8,025 UMA en inmuebles y 3,210 UMA en vehículos, joyería, obras de arte y otras. No aplica igual a todas las actividades, así que conviene revisarlo con la tuya.
Los errores más comunes
- Creer que es una ley sólo para bancos.
- No presentar el informe en ceros el mes que no hubo operaciones. No presentarlo también se sanciona.
- No sumar las operaciones del mismo cliente en seis meses.
- Revisar el riesgo de un cliente una vez y olvidarlo.
- Guardar el expediente en papel, cuando las reglas nuevas piden historial y monitoreo que una carpeta no alcanza a dar.
Cómo lo resuelve Puntualiza
La herramienta de Antilavado de Puntualiza se construyó con abogados sobre la reforma de 2025:
- El expediente se arma desde el teléfono de tu cliente: identificación, prueba de vida, documentos y, si es empresa, beneficiario controlador.
- Cada cliente se revisa en listas y, si aparece, arranca el reloj de 24 horas. La alerta no se cierra sin que alguien la resuelva.
- Cada operación se compara con el umbral de tu actividad, y se suman las de seis meses.
- El aviso del mes se arma con tus operaciones; si no hubo ninguna, prepara el informe en ceros. El acuse queda en el expediente.
- Diez años de historial, guardado de forma que ninguna operación se altere sin que se note.
Agenda una demo y lo revisamos con tu actividad y tus montos reales.
