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20 de octubre de 20266 min de lectura

Registro electrónico de jornada: qué es y qué pide la ley desde 2027

Desde el 1 de enero de 2027 tu empresa debe registrar la entrada y la salida de cada trabajador. A quién aplica, la multa y qué pedirle a tu sistema.

Desde el 1 de enero de 2027, tu empresa tiene que llevar un registro electrónico de la hora de entrada y de salida de cada trabajador, y entregarlo cuando la autoridad lo pida. No es una recomendación: es una obligación nueva de la Ley Federal del Trabajo, con multa.

Aquí va lo que dice la ley, lo que todavía no se sabe y qué pedirle a un sistema para que ese registro te sirva de verdad: ante un inspector y, sobre todo, en un juicio.

Qué es el registro electrónico de jornada

La reforma laboral que reduce la jornada a 40 horas también agregó una obligación al artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), el que enumera lo que todo patrón debe hacer. Es la fracción XXXIV, y pide dos cosas:

  1. Registrar electrónicamente la jornada de cada trabajador: la hora de entrada y la hora de salida.
  2. Entregar ese registro a la autoridad cuando se lo requiera.

La reforma a la LFT se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 1 de mayo de 2026.

Fíjate en la palabra electrónicamente. Una lista de firmas en papel o una tarjeta perforada ya no alcanzan. Y una hoja de cálculo que cualquiera puede abrir y corregir es difícil de defender como prueba de lo que pasó.

Desde cuándo es obligatorio

Fecha Qué pasa
1 de mayo de 2026 Se publica la reforma a la LFT
1 de enero de 2027 El registro es obligatorio y entran las disposiciones de la STPS que dicen a quién aplica
De 2027 en adelante La STPS anunció que lo aplicará de forma gradual, en cuatro años

Al 6 de octubre de 2026, esas disposiciones de la Secretaría del Trabajo (STPS) todavía no se habían publicado. Son las que van a aterrizar los detalles. La fecha del 1 de enero, en cambio, está en la ley.

A quién aplica

La ley habla del patrón y de cada trabajador: en principio, aplica a toda empresa con gente contratada.

Lo que la STPS anunció en junio de 2026 matiza el arranque:

  • La aplicación será gradual, en cuatro años.
  • Empieza por las empresas medianas y grandes.
  • Habrá libertad tecnológica: no te van a imponer un aparato ni un proveedor.
  • No habrá «cascadas» de inspección.

Si tu empresa es mediana o grande, lo prudente es asumir que estás en el primer grupo. Si es pequeña, quizá tengas más margen, pero la obligación es la misma y el riesgo en un juicio también (lo vemos abajo).

¿Y quien trabaja desde casa? La norma de teletrabajo, la NOM-037-STPS-2023, también lleva el registro de jornada. Cambia el canal por el que se marca, no la obligación.

Cuánto es la multa

No llevar el registro se sanciona con el artículo 994, fracción IV Bis: de 250 a 5,000 UMA. La UMA (Unidad de Medida y Actualización) es la referencia que se usa en México para multas y montos legales, y cambia cada febrero. Con la UMA de 2026, la multa va de $29,327 a $586,550.

Hay un detalle que puede multiplicar esa cifra. El artículo 992 dice que, cuando un mismo acto afecta a varios trabajadores, la multa se impone por cada uno. Así que leer la multa «por trabajador afectado» es defendible. Ojo: todavía no hay práctica que lo confirme, porque la obligación ni siquiera ha empezado.

La razón de más peso: un juicio laboral

La multa depende de que te inspeccionen. Un juicio no: llega cuando una persona demanda, y una empresa con cientos de colaboradores puede tener varios al año.

Ahí entra el artículo 784 de la LFT. Cuando hay controversia sobre las horas trabajadas, la carga de la prueba es del patrón. Carga de la prueba quiere decir quién tiene que demostrar lo que dice. Si un trabajador reclama horas extra, no le toca a él probar que las trabajó: te toca a ti probar cuántas trabajó.

Sin un registro confiable, llegas a esa audiencia con las manos vacías. Por eso el registro no es sólo un trámite para el inspector: es tu defensa.

Qué debe tener un sistema para cumplir

Lo que pide la ley, tal cual

  • Que sea electrónico.
  • Que registre a cada trabajador, no a un área o a un turno.
  • Que guarde la hora de entrada y la de salida.
  • Que lo puedas entregar a la autoridad cuando lo pida.

Lo que hace que el registro te sirva como prueba

La ley no entra en más detalle, y las disposiciones de la STPS aún no salen. Pero un registro que quieres presentar en un juicio tiene que resistir la pregunta «¿y cómo sé que no lo cambiaron?». Pídele esto a tu sistema:

  • Que las marcas no se puedan editar ni borrar. Si hay un error, se corrige agregando un registro nuevo con motivo, autor y fecha. El original se queda a la vista.
  • Que deje rastro de quién tocó qué y cuándo. Una bitácora de cambios que nadie pueda limpiar.
  • Que entienda el turno nocturno. Una entrada a las 22:00 y una salida a las 6:00 son una jornada, no dos medias jornadas en días distintos.
  • Que sirva a toda tu plantilla, también a quien no tiene teléfono inteligente. Un registro con huecos es un registro que no puedes presentar completo.
  • Que lo descargues por persona y por periodo, listo para entregar.
  • Que se conserve el tiempo que piden los artículos 804 y 805 de la LFT, que obligan a conservar los controles de asistencia.
  • Que las reglas cambien con su fecha. La jornada máxima baja dos horas cada año hasta 2030; un sistema con el tope escrito a mano se equivoca cuatro de los próximos cinco años.

Qué hacer antes del 1 de enero

  1. Revisa cómo registras hoy la entrada y la salida, y dónde guardas ese registro.
  2. Cuenta quién no tiene teléfono inteligente o no tiene datos. Esa gente necesita otra forma de marcar.
  3. Haz la lista de tus centros de trabajo y tus turnos, sobre todo los nocturnos y los rotativos.
  4. Empieza antes de la fecha. Llegar al 1 de enero con el sistema probado y la gente acostumbrada es muy distinto a estrenarlo ese día.

Cómo lo resuelve Puntualiza

Puntualiza nació de un despacho laboralista, Bolaños Abogados, junto con un equipo de ingeniería. Su herramienta de Asistencia es el registro electrónico de jornada:

  • Cuatro formas de marcar: llamada, app, kiosco y panel. Quien no tiene teléfono inteligente marca con una llamada desde un número autorizado, sin instalar nada.
  • Las mismas reglas para todos los canales: un retardo es un retardo, se marque como se marque.
  • El registro no se edita ni se borra. Las correcciones quedan a la vista, con quién las hizo y por qué.
  • Turnos nocturnos, rotativos y partidos se cuentan como una sola jornada, aunque la salida sea al día siguiente.
  • Lo descargas por periodo, listo para una inspección.
  • El tope de horas cambia con su fecha de vigencia, sin desarrollos nuevos.

Puedes ver los precios o agendar una demo para revisarlo con tu operación en la mano.

Herramienta relacionadaAsistencia: El checador que cumple la ley: marca por llamada, app, kiosco o panel.
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